Acatar las reglas de la guerra

¿Podría un mecanismo de cumplimiento voluntario, no vinculante y no político, ayudar a acortar la distancia existente entre los ideales por los que se establecieron normas para la guerra y los modos en que se procede realmente en el terreno ?

NEGATIVA A PRESTAR ASISTENCIA humanitaria a las personas civiles. Bombardeos indiscriminados. Toma de rehenes. Tortura.

Estas son algunas de las tendencias que se dan actualmente en los conflictos y que están causando un gran sufrimiento y también socavando la noción de que las guerras tienen reglas que deben acatarse.

Como declaró Peter Maurer, presidente del CICR, ante la cuarta reunión de Estados sobre el fortalecimiento del respeto del derecho internacional humanitario (DIH), celebrada en Ginebra el pasado mes de abril: “El estado actual del sufrimiento humano y de las necesidades humanitarias que generan los conflictos armados en todo el mundo sería mucho menos grave si las partes aplicaran correctamente el derecho internacional humanitario.”

El problema es que hay una gran diferencia entre lo que se dispone en el derecho internacional humanitario y lo que ocurre sobre el terreno. O como Maurer dijo durante la reunión en Ginebra: “Existe —todavía— una enorme carencia en materia de aplicación.”

Sin embargo, no es tan fácil superar dicha carencia. Los conflictos actuales se han vuelto cada vez más complejos y su índole es menos internacional pues hay más partes combatientes que pertenecen a lo que suele denominarse grupos armados “no estatales”.

A pesar de que estos grupos están obligados por el derecho internacional humanitario, algunos de ellos tienen un conocimiento limitado de sus disposiciones, mientras que otros las rechazan de plano o hacen caso omiso de ellas en la práctica.

Por su parte, también los Estados a menudo violan la letra y el espíritu del DIH cuando combaten contra esos grupos armados. En cualquiera de los casos, esas situaciones llevan muchas veces a un indecible sufrimiento de los civiles e impiden la asistencia y protección a las personas afectadas.

En cuanto a la cuestión de abordar las presuntas violaciones del derecho internacional humanitario, existe también una carencia enorme. Los Convenios de Ginebra y el Protocolo adicional I prevén tres mecanismos a los que un Estado parte en un conflicto armado internacional puede recurrir con respecto a su adversario.

Establecidos en un momento en que la mayoría de los conflictos ocurrían entre Estados, muy pocas veces se pusieron en práctica y hoy es todavía menos probable que se haga, dado que en la mayoría de los conflictos armados se enfrentan Estados y uno o más grupos armados no estatales.

Por lo tanto, como señaló Maurer, “los mecanismos de DIH previstos en los Convenios de Ginebra y el Protocolo adicional I han demostrado que no sirven para superar la carencia en materia de aplicación.”

Una necesidad que hay que atender

Por otro lado, los Convenios de Ginebra son prácticamente los únicos tratados de derecho internacional que no van acompañados de un marco en el que los Estados puedan debatir con regularidad sobre la puesta en práctica y la aplicación.

En el marco de otros tratados internacionales, como los relativos a la prohibición del empleo de minas antipersonal o a la regulación de la transferencia de armas, se convocan reuniones periódicamente conforme a lo estipulado en el tratado. Estas reuniones permiten a los Estados y los organismos internacionales debatir cuestiones esenciales y adoptar medidas destinadas a velar por el cumplimiento de las disposiciones.

En este contexto, el CICR ha participado como facilitador en una iniciativa diplomática conjunta con el gobierno de Suiza destinada a alcanzar un acuerdo en torno a nuevas maneras de hacer respetar el DIH.

Basándose en la resolución 1 aprobada por la XXXI Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, celebrada en Ginebra (Suiza) en 2011, el CICR llevó a cabo un proceso de consulta abierto a todos los Estados Partes en los Convenios de Ginebra. Durante este proceso participaron más de 140 países en nueve encuentros entre 2012 y 2015.

La propuesta resultante, apoyada por la gran mayoría de los Estados, se debatirá en la XXXII Conferencia Internacional que se celebrará en Ginebra el próximo mes de diciembre. En ella se pide que se establezca un mecanismo voluntario no vinculante que comprenda los elementos siguientes:

• Una reunión periódica de Estados que será el elemento central del nuevo sistema y ofrecerá un lugar para un diálogo sostenido y una cooperación permanente entre los Estados sobre la manera de mejorar la aplicación del DIH.

• Debates temáticos sobre cuestiones de DIH que permitan un intercambio de opiniones respecto de asuntos jurídicos, prácticos o normativos clave.

• Un sistema de presentación de informes periódicos sobre el cumplimiento de las normas del DIH que permita a los Estados revisar y evaluar periódicamente la eficacia de las medidas adoptadas a nivel nacional para garantizar el respeto del DIH. Esta función también permitiría el intercambio de buenas prácticas, que reconozcan las necesidades de fortalecimiento de la capacidad de cada estado ,y ayudaría además a detectar los problemas que plantea la aplicación del DIH y a encontrar las formas de resolverlos.

Evitar la politización

sino más bien centrarse en cuestiones generales o comunes, con el fin de evitar la politización, según señala el consejero federal suizo Didier Burkhalter. “Este nuevo mecanismo no debe servir para señalar con un dedo acusador a nadie”, acotó Burkhalter durante la cuarta reunión de Estados celebrada en Ginebra el pasado mes de abril. “Su objetivo será facilitar la aplicación y crear un entorno que fomente un mayor respeto por el derecho humanitario.”

Para evitar la politización, los informes relativos al cumplimiento en el plano nacional que se presenten durante el proceso no se examinarían de forma individual, sino que se fusionarían en documentos “no contextuales”, que permitan a los participantes en la reunión de Estados examinar la forma de mejorar la aplicación del DIH de manera no politizada. Del mismo modo, los debates temáticos sobre el DIH podrían plantear cuestiones que sean relevantes para una serie de Estados, con el fin de evitar toda relación con cualquier contexto particular.

“Varios Estados expresaron el temor de que, dado el carácter antagónico que tienen las relaciones internacionales hoy en día, un nuevo mecanismo de control del cumplimiento del DIH podría ser instrumentalizado”, observó Maurer, refiriéndose a la preocupación de que el sistema podría ser utilizado como un instrumento para lograr un objetivo más político que humanitario.

Un anciano sentado en las ruinas de casas y edificios destruidos por un intenso bombardeo. En muchos de los conflictos actuales, la destrucción generalizada, causada por el uso indiscriminado de la fuerza en las zonas pobladas, muestra que las partes en conflicto no respetan el derecho internacional humanitario.

Fotografía: © Thomas Glass/CICR

¿Suficientemente enérgico?

Algunos observadores cuestionaron que un sistema voluntario fuese suficiente para asegurar cambios en el campo de batalla, aduciendo que se requieren tal vez elementos más enérgicos.

Sin embargo, dada la preocupación de que tales mecanismos para hacer cumplir las normas puedan no ser siempre políticamente neutrales, Helen Durham, directora de Derecho Internacional y Política del CICR, dice que el enfoque no político propuesto es un paso importante para que los Estados puedan compartir mejores prácticas y examinar sus experiencias en la aplicación del DIH.

“El CICR agradece el compromiso e interés que muchos estados han mostrado durante los cuatro años de debates relacionados con el mecanismo que se propone”, asegura Durham. “Se trata de un problema que exige atención y esto se reconoce en todo el mundo.”

“Hay muchos medios para mejorar el cumplimiento del DIH y tenemos que ver cómo pueden complementarse todos ellos –dice–. “El papel del CICR es centrarse constantemente en proponer soluciones que aborden los problemas humanitarios críticos: la falta de cumplimiento del DIH sin duda tiene un impacto significativo en la vida de todos los que participan en un conflicto armado.”

Los mecanismos de DIH previstos en los Convenios de Ginebra y el Protocolo adicional I han demostrado que no sirven para superar la carencia en materia de aplicación.”

Peter Maurer, presidente del CICR

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